Carga tributaria empresarial en Venezuela: Un recorrido por los impuestos más importantes

Carga tributaria empresarial en Venezuela: Un recorrido por los impuestos más importantes

Conoce los impuestos y aportes que toda empresa debe cumplir en Venezuela

Como empresarios, es muy importante conocer los tributos que deben cumplirse para evitar multas, cierres o el incumplimiento de la ley. Dependiendo de los ingresos, cantidad de empleados o actividad que ejecute una organización, estará obligada a pagar al Estado los distintos impuestos establecidos en la legislación.

El taller “Carga Tributaria Empresarial” se llevó a cabo en la sala de juntas Miguel Alejandro Romer de la Cámara de Comercio de Puerto Cabello (CCPC), y ofreció una excelente oportunidad para que los empresarios y emprendedores de la zona pudieran entender mejor el sistema tributario venezolano y cómo este afecta a sus negocios.

La formación fue impartida por Keyla Pinto, especialista en gerencia tributaria, consultora empresarial y contador público, quien explicó cada uno de los temas de manera clara y precisa, brindando información valiosa sobre los diferentes impuestos existentes en el país.

La instructora comenzó explicando que la carga tributaria es la porción o porcentaje de los ingresos que una empresa debe pagar al Estado por concepto de los distintos tributos dispuestos en las normas. Luego procedió a detallar cada uno de los impuestos, como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto sobre la Renta (ISLR), el Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), el Aporte FONACIT (Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación), el Aporte FONA (Ley Orgánica de Drogas) y el Aporte Fondo Nacional del Deporte.

Impuestos

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo que se aplica a la venta de bienes y servicios en todas las etapas de su producción y comercialización dentro del territorio nacional. Este impuesto es recaudado por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). La contadora explicó detalladamente cómo se debe declarar y cancelar el IVA.

Por otro lado, el Impuesto sobre la Renta (ISLR) se aplica a las personas naturales y jurídicas que obtienen ingresos dentro del territorio nacional. La tasa a pagar al Estado varía dependiendo de la cantidad de dinero que se generó de utilidad o beneficio para el contribuyente.

Además, existe el Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), el cual se aplica a las personas naturales y jurídicas que poseen un patrimonio neto igual o superior a 150 millones de Unidades Tributarias. La contadora especificó que la alícuota mínima es de 0,25% y la máxima es de 1,5%.

El Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) es un tributo aplicable a personas naturales y jurídicas. El artículo tres de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (LIGTF) describe el hecho imponible, es decir, las situaciones en las que se grava y se debe pagar este impuesto, según detalló la consultora.

Entre los escenarios en los que se genera el IGTF se encuentran: los débitos en cuentas bancarias u otros instrumentos financieros realizados en bancos y otras instituciones financieras; la adquisición de cheques de gerencia en efectivo; la cancelación de deudas efectuadas sin mediación del sistema financiero; los débitos en cuentas para pagos transfronterizos; los débitos en cuentas que conformen sistemas de pagos organizados privados no operados por el Banco Central de Venezuela y distintos al Sistema Nacional de Pagos; y la cesión de cheques, valores, depósitos en custodia pagados en efectivo y cualquier otro instrumento negociable a partir del segundo endoso.

La consultora también explicó que este impuesto incluye los pagos realizados en moneda extranjera o en criptomonedas distintos al Petro. “Según el artículo 13 de la LIGTF, las alícuotas pueden llegar a ser de hasta el 20%. Sin embargo, el 23 de febrero de 2023, se publicó el Decreto 4.784 que extiende la exoneración del IGTF durante un año y establece un gravamen actual del 3%. Es importante revisar periódicamente la Gaceta Oficial para conocer los decretos y actualizaciones en materia tributaria”.

Aportes

La facilitadora destacó algunos de los aportes que las personas jurídicas deben realizar, entre ellos:

  • FONACIT (Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación): La tutora explicó que las empresas deben contribuir al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para financiar proyectos de investigación y desarrollo en el país. Según la ley, todas las personas jurídicas que hayan obtenido ingresos brutos anuales superiores a 150.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecida por el BCV deben declararlo.
  • FONA (Ley Orgánica de Drogas): La especialista indicó que todas las personas jurídicas privadas, consorcios y entes públicos que tengan o no fines empresariales y que mantengan en nómina un total de 50 trabajadores o más, deben realizar este aporte. Aclaró que la base imponible se constituye por la utilidad neta o la ganancia anual, y que la alícuota es del 1%.
  • Fondo Nacional del Deporte (Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física): La contadora aclaró que las empresas públicas y privadas con fines de lucro son las que deben contribuir a este fondo. Detalló que la alícuota es del 1% sobre la ganancia o utilidad neta anual cuando esta supere las 20.000 Unidades Tributarias, y que el aporte debe declararse en línea dentro de los 120 días continuos al cierre del ejercicio fiscal.

Recomendaciones

Finalmente, la experta explicó las exenciones, exoneraciones, multas e ilícitos previstos en el Código Orgánico Tributario. En relación a los ilícitos, especificó que pueden ser de tres tipos: formales (relacionados con el cumplimiento normativo), materiales (vinculados a la declaración y pago) y penales (que conllevan penas restrictivas de libertad debido a defraudaciones, como retener impuestos a los clientes y no pagarlos al Estado).

La consultora empresarial recomendó llevar la contabilidad de forma periódica, mantenerla actualizada y crear una estructura de costos detallada en la que se reflejen cada uno de los tributos que la empresa debe pagar. Además, destacó que la responsabilidad tributaria es sagrada y que la mayoría de los problemas o la falta de fondos para pagar los impuestos surgen por la falta de planificación. Sugirió realizar consultas con expertos en impuestos y con las autoridades tributarias para aclarar dudas y evitar inconvenientes.

Desde la Cámara de Comercio de Puerto Cabello, exhortamos a nuestros afiliados a consultar y resolver dudas en materia fiscal. Del mismo modo, extendemos una invitación al público a participar en los distintos talleres y programas formativos que estaremos realizando. Nuestro objetivo es proporcionar conocimientos y herramientas que agilicen y mejoren las prácticas tanto de nuestras empresas afiliadas como las de los demás emprendedores que hacen vida en nuestra ciudad.

Instagram: @camarapcabello

Redacción: Leonardo Petit (@LeoPetitFrias) leonardopetit@hispanogeeks.com